Bonificación del IBI por placas solares en Andalucía
Instalar paneles solares en una vivienda no solo permite reducir la factura eléctrica y aumentar la independencia energética, sino que también puede suponer un ahorro fiscal gracias a la bonificación del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles).
El IBI es un tributo municipal, y cada ayuntamiento andaluz puede ofrecer reducciones de hasta un 50 % de la cuota durante varios años para aquellas propiedades que incorporen sistemas de aprovechamiento de energía solar. La aplicación concreta de esta bonificación depende de cada municipio: porcentaje, duración, requisitos y procedimientos pueden variar ampliamente.
Requisitos y condiciones habituales
Para poder acceder a la bonificación del IBI por la instalación de placas solares, los ayuntamientos suelen exigir el cumplimiento de una serie de requisitos:
1. Instalación realizada de forma voluntaria
La bonificación solo se aplica cuando el propietario decide instalar los paneles de manera voluntaria, no en los casos en los que la normativa obligue a hacerlo (por ejemplo, en nuevas edificaciones con requisitos de eficiencia energética).
2. Inmueble con uso residencial o permitido por la ordenanza
La mayoría de los municipios limitan esta bonificación a viviendas particulares, aunque en algunos casos también se admite en edificios o locales con otros usos, siempre que la normativa municipal lo contemple.
3. Instalación correctamente legalizada
El sistema debe estar registrado y en funcionamiento, con toda la documentación técnica en regla: licencias o comunicaciones de obra, memoria técnica, certificados eléctricos y facturas de la instalación.
4. Solicitud dentro del plazo establecido
Las solicitudes deben presentarse antes del 1 de febrero para aplicarse en ese mismo año y en los siguientes hasta un máximo de tres años desde la instalación, siempre que se cumplan las condiciones de la Ordenanza Municipal.
Las solicitudes entregadas después del 31 de enero se aplicarán al año siguiente, si también se cumplen los requisitos vigentes.
5. Porcentaje y duración definidos por el municipio
Aunque la ley permite una bonificación de hasta el 50 % del IBI, cada municipio establece su propio porcentaje y periodo de aplicación, que normalmente oscila entre 3 y 5 años.
Bonificaciones en municipios andaluces
Cada municipio determina su propio porcentaje y duración. Algunos ejemplos orientativos:
- Sevilla: hasta un 50 % durante 3 años.
- Córdoba: hasta un 50 % durante 10 años en determinadas zonas.
- Málaga: 15 % durante 3 años.
- Marbella: 25 % durante 5 años.
- Granada, Cádiz, Huelva y Almería: entre un 30 % y un 50 % durante 3-5 años, según la ordenanza local.
Importante: Las condiciones concretas varían según el municipio. Siempre se debe consultar la ordenanza fiscal del IBI del ayuntamiento correspondiente para confirmar el porcentaje, la duración y los requisitos.
Cómo solicitar la bonificación:
- Reúne la documentación:
- Presenta la solicitud en el ayuntamiento, de forma presencial o telemática.
- Espera la resolución municipal: si es aprobada, la reducción se aplicará sobre el recibo del IBI del año siguiente.
Desde IEC Group ofrecemos un servicio integral de asesoramiento energético.
Te acompañamos en la instalación de tu sistema solar y te asesoramos para que puedas beneficiarte de las ayudas y programas disponibles, para que tu paso al autoconsumo sea sencillo y rentable.